En la , la Asamblea General solicit¨® al Secretario General que siguiera administrando el fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido en virtud de la con el fin de ayudar a los pa¨ªses en desarrollo, en particular los pa¨ªses menos adelantados, los pa¨ªses en desarrollo sin litoral y los peque?os Estados insulares en desarrollo, a asistir a las sesiones de la Comisi¨®n Preparatoria para la Entrada en Vigor del Acuerdo en el marco de la Convenci¨®n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservaci¨®n y el Uso Sostenible de la Diversidad Biol¨®gica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicci¨®n Nacional (¡°Acuerdo BBNJ¡±, por sus siglas en ingl¨¦s) y la Celebraci¨®n de la Primera Reuni¨®n de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo. La Asamblea General tambi¨¦n autoriz¨® al Secretario General a que ampliara la asistencia prestada por el fondo fiduciario para incluir dietas adem¨¢s de los gastos de viaje en clase econ¨®mica, limitando las solicitudes de ayuda al fondo fiduciario a un delegado por Estado para cada sesi¨®n de la Comisi¨®n.
Adem¨¢s, la Asamblea General invit¨® a los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales, los organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y las personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas a que hicieran aportaciones financieras al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias.
Proceso de solicitud
La informaci¨®n sobre los procedimientos de solicitud se puede consultar en la p¨¢gina web del fondo fiduciario del Acuerdo BBNJ (solo en ingl¨¦s).